La Concejalía de Deportes del Ilustre Ayuntamiento de Aranda de Duero, en el ánimo de fomentar y promocionar el deporte en edad escolar, y de ayudar a las Asociaciones de Padres de Alumnos locales en los gastos de organización de actividades deportivas, formación deportiva y participación en la fase local de los Juegos Escolares, así como colaborar en los gastos de material necesarios derivados de la realización de sus actividades deportivas, convoca, con cargo a los presupuestos de la Sección de Deportes, la concesión de subvenciones para actividades deportivas durante el año 2011, con arreglo a las siguientes
BASES
1.- CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES.- La financiación de estas ayudas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 3400 489.00 “Deportes. Transferencias a familias e instituciones sin fines de lucro” del presupuesto del vigente ejercicio 2011 del Ayuntamiento de Aranda de Duero, con una dotación de 30.000,00.- €, que se distribuirán entre todas las solicitudes admitidas, no pudiéndose sobrepasar dicha cantidad en ningún caso.
2.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS.- Podrán ser beneficiarias de estas ayudas que se convocan, las APAS de los centros docentes de Aranda de Duero, legalmente constituidas e inscritas en el Registro Local de Asociaciones, debiendo estar, además al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Aranda de Duero.
No podrán acogerse a las ayudas de la presente convocatoria, los beneficiarios de subvenciones concedidas para la misma finalidad en convocatorias anteriores, que no hayan justificado en forma la realización de las actividades para las que se concedió subvención.
Además las APAS que soliciten esta subvención, con cargo a la presente convocatoria, deberán contar con los medios materiales y personales necesarios para ejecutar las actividades para las que se solicita subvención.
3.- SOLICITUDES.- Las ayudas, reguladas mediante esta convocatoria, se solicitarán mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión Informativa de Deportes, Juventud y Fiestas Patronales y Tradicionales, en impreso normalizado, que podrá recogerse en el Polideportivo Príncipe de Asturias o descargarse de la página Web de la Concejalía de Deportes, http://www.arandactiva.com (Descarga directa del archivo aquí: Modelos.zip )
Todas las solicitudes deberán estar debidamente cumplimentadas, y vendrán acompañadas de la siguiente documentación:
- Instancia dirigida al Presidente de la Comisión Informativa de Deportes, Juventud y Fiestas Patronales y Tradicionales del Ayuntamiento de Aranda de Duero.
- Certificado del acuerdo adoptado por el APA solicitante, de cumplir en su totalidad el programa de actividades presentado, y de solicitar la subvención para ello, junto con el compromiso de que en la publicidad de las actividades objeto de subvención, figure el Ayuntamiento de Aranda como colaborador.
- Certificado del número de socios e importe de las cuotas.
- Declaración responsable de no incurrir en las circunstancias que inhabilitan para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones enumeradas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Relación de Actividades Previstas para el año 2011.
- Presupuesto de la Asociación para el año 2011 destinado a actividades deportivas, que incluirá el número de socios de la Asociación, cuotas que satisfacen e ingresos totales por este concepto.
- Fotocopia del D.N.I. del Presidente y del Secretario del APA.
- Fotocopia del CIF de la entidad solicitante.
4. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.- La presente convocatoria se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Aranda de Duero. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas se presentarán en el Registro General del Ilustre Ayuntamiento de Aranda de Duero.
El plazo para la presentación de solicitudes finalizará, en todos los casos, el día 30 de abril de 2011.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, si los solicitantes no acompañaran toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, la Concejalía de Deportes, requerirá a aquellos para que, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente de su notificación, subsanen la falta o aporten los documentos perceptivos, con el apercibimiento de que si así no lo hicieran, se entenderá desistida su petición, archivándose sin más trámite.
La presentación de solicitudes presupone la aceptación expresa de lo establecido en esta convocatoria.
5.- ÓRGANOS DE DECISIÓN.- Una vez cerrados los plazos de presentación de solicitudes, estas serán informadas, a propuesta del Concejal de Deportes, y posteriormente resueltas por la Junta de Gobierno Local.
6.- CRITERIOS DE CONCESIÓN.- Los criterios para la valoración de los proyectos serán los siguientes: el número de deportistas o alumnos participantes en las convocatorias efectuadas por el Ayuntamiento en materia deportiva: Juegos Escolares, Actividades de competición (Convocatorias en Navidades y Semana Santa de los Juegos Deportivos Municipales, Cross de la Constitución), los cursos de formación, las jornadas de promoción, etc. durante el curso 2010/2011, con arreglo a los siguientes porcentajes:
- 30% a repartir a partes iguales entre cada Centro solicitante
- 18% a repartir entre cada uno de los equipos inscritos en Juegos Escolares
- 18% a repartir en función del número de participantes en deportes de equipo
- 18% a repartir en función del número de participantes en deportes individuales
- 16% a repartir en función del número de participantes en Campeonatos Locales del Ayuntamiento
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7.- GASTOS SUBVENCIONABLES.
1. Se consideran gastos subvencionables los incluidos en el presupuesto aprobado por la Concejalía de Deportes que se correspondan con los siguientes conceptos:
a) Gastos de personal técnico necesario para la realización de las actividades de formación.
b) Gastos derivados de la adquisición o alquiler de material deportivo necesario para la realización de las actividades de formación.
c) Gastos de trofeos y equipaciones deportivas.
d) Gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento de deportistas y personal técnico, integrados en la APA, como consecuencia de su asistencia a concentraciones, entrenamientos, campeonatos y cursos.
e) Gastos derivados del alquiler de las instalaciones necesarias para entrenamientos, concentraciones o campeonatos.
f) Ayudas a los deportistas, técnicos y entrenadores, jueces y árbitros que desempeñen o colaboren en las actividades de formación.
g) Inscripciones en campeonatos y cursos.
h) Gastos farmacéuticos, gastos médicos y material bibliográfico necesarios para el desarrollo de las actividades de formación.
- Las facturas u otros documentos justificativos de los gastos, para ser considerados subvencionables, deberán estar efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación
8.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN.
Se realizará un pago del 90 % de la cantidad concedida, una vez hayan sido aprobados los proyectos por parte de la Junta de Gobierno Local y el otro 10 % restante, si procede, una vez presentada la correspondiente justificación.
9.- JUSTIFICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES.- La justificación y el abono completo de la subvención exigirá del perceptor de la ayuda, la presentación, dentro del plazo de justificación, de la siguiente documentación:
- Certificado del Presidente de la Asociación de Padres en el que se manifieste fehacientemente, que la actividad o actividades objeto de subvención se han realizado en la forma y fecha programadas.
- Declaración jurada acerca de las ayudas solicitadas y recibidas de otras Entidades, así como, declaración jurada en la que se exprese que el importe de las subvenciones recibidas, no supera el coste realmente soportado por la Asociación.
- Balance final de ingresos y gastos.
- Facturas originales o documentación de análoga justificación, que cubra el 100% del importe del presente convenio y que se refieran al período subvencionado, así como la documentación acreditativa de su pago. Se acompañará también relación de dichas facturas o documentos justificativos con identificación del acreedor, importe, fecha de emisión y fecha de pago.
- Certificado de domiciliación bancaria.
En el caso de que el conjunto de ayudas públicas o privadas obtenidas supere el coste de la actividad subvencionada, deberá presentarse además justificante acreditativo del reintegro del exceso de financiación obtenido, junto con los intereses de demora correspondientes.
En el caso de que la justificación presentada no alcance la cuantía de la subvención concedida, deberá acompañarse documento acreditativo del reintegro de la cuantía no justifica junto con los intereses de demora correspondientes, independientemente de la tramitación, si procediera, de procedimiento sancionador.
Para proceder, en su caso, a los reintegros indicados en los apartados anteriores, la Asociación beneficiaria se dirigirá a la Concejalía de Deportes, quién le facilitará los trámites necesarios para hacer efectivo el reintegro.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro de las cantidades recibidas en las condiciones previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, y de acuerdo con el procedimiento que a continuación se detalla:
Finalizado el plazo de presentación de la justificación, si la Asociación beneficiaria no acompañara toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, la Concejalía de Deportes le requerirá para que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con el apercibimiento de que si así no lo hiciera, se entenderá como infracción grave, y dará lugar al reintegro de las cantidades anticipadas junto con los intereses de demora correspondientes, así como a la inhabilitación para firmar convenios de colaboración o solicitar subvenciones al Ayuntamiento de Aranda por un período de dos años.
10.- RESPONSABILIDAD Y REINTEGROS:
Procederá el reintegro de las cantidades recibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia, en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El incumplimiento de cualquier apartado de estas bases podrá ser causa de anulación de la subvención concedida.
Igualmente, el Ayuntamiento podrá exigir la devolución o aminorar la subvención concedida (con posible exigencia de reintegro de cantidades recibidas) si como consecuencia de la/s actividad/es subvencionada/s, se produce algún desperfecto o falta de limpieza, en las instalaciones o infraestructura municipal que se hubiere utilizado para la/s misma/s y que no hubiere sido subsanado al finalizar aquella/s.
Procederá, en su caso, la aplicación del régimen de infracciones y sanciones previsto en el Título IV “Infracciones y Sanciones Administrativas en materia de Subvenciones” de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Título IV “Procedimiento Sancionador” del R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003
El plazo de justificación de la subvención finalizará, en todo caso, el día 15 de noviembre de 2011.
Comprobada e informada por el Servicio Municipal correspondiente la documentación justificativa presentada y su adecuación a lo establecido en las presentes bases, se procederá, por el Órgano Municipal competente, a la aprobación del reconocimiento y abono de la subvención concedida.
11.- OBLIGACIONES DE LAS APAS.- Las A.P.A.S. beneficiarias de las subvenciones están obligadas a:
- Cumplir la finalidad para la que se concedió la subvención, así como asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de su realización.
- No llevar a cabo ningún cambio sustancial en las actividades objeto de subvención sin la previa conformidad de la Concejalía de Deportes.
- Justificar la subvención ante el Ayuntamiento de Aranda de Duero, en los plazos y términos previstos en la presente convocatoria.
- Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la subvención concedida que estime oportuno la Concejalía de Deportes.
- Hacer constar en la publicidad que la actividad subvencionada se realiza con la colaboración de la Concejalía de Deportes del Ilustre Ayuntamiento de Aranda de Duero.
12.- RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
En lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003 General de Subvenciones y en sus disposiciones reglamentarias de desarrollo y supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, la normas de derecho privado
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención o el incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida, podrá dar lugar a la modificación o anulación de la resolución de la concesión.
Aranda de Duero, a 31 de marzo de 2011
EL ALCALDE
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